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Mutual del Contador Público PDF Imprimir E-Mail
Índice del Artículo
Mutual del Contador Público
Capítulo II DE LOS ASOCIADOS
Capítulo III DEL FINANCIAMIENTO Y LA COTIZACION
Capítulo IV DE SU ORGANIZACIÓN
Capítulo V DE LA DECLARACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS
Capítulo VI DEL REGIMEN DE BENEFICIARIOS
Capítulo VII DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Capítulo VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Reglamento de la Mutual del Contador Público

 

CAPITULO I
DE SU CONSTITUCIÓN, FINES, DURACIÓN Y DOMICILIO

 

Artículo 1.- En cumplimiento de lo normado por el Reglamento de la Ley 13253, Decreto Supremo N° 28 HC del 26.08.60, Art 3 inc. d) “Fomentar la ayuda mutua entre sus asociados y procurar el régimen de seguridad social para sus miembros”; en el Estatuto del Colegio de Contadores Públicos de Puno, Art 7. Inc. l) “Fomentar la cooperación mutua entre sus miembros y constituir el régimen interno de seguridad social para todos los miembros de la Orden”, se constituye la MUTUAL DEL CONTADOR PÚBLICO, que para los efectos del presente Reglamento se denominará LA MUTUAL.

Artículo 2.- Finalidad.- Normar y determinar los Servicios de Asistencia Social que maneja el Colegio de Contadores Públicos de Puno.

Artículo 3.- Objetivos.- Incentivar la solidaridad entre los Miembros de la Orden, incentivar a los Miembros de la Orden a cumplir con sus cotizaciones Ordinarias y Extraordinarias, apoyar pecuniariamente a los deudos de los Miembros de la Orden en caso de fallecimiento, asistir en las necesidades de salud.

Artículo 4.- LA MUTUAL tendrá los siguientes fines:

  • Otorgar un apoyo económico por fallecimiento a la persona o personas que hubiere designado como beneficiarios el Asociado en su Declaración Jurada, o, a falta de beneficiarios designados, a quienes resulten herederos legales.
  • Otorgar un adelanto económico a los Asociados que sufran invalidez permanente, o enfermedad grave consistente en el 50 % del monto que le correspondería como Subvención por Fallecimiento, para lo cual se presentará los documentos correspondientes, y cuyo importe será descontado de la liquidación final. 

Artículo 5.- La duración de LA MUTUAL es por tiempo indefinido.

Artículo 6.- El domicilio legal de LA MUTUAL, es el mismo que tiene el Colegio de Contadores Públicos de Puno.



 

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